La reducción de jornada por guarda legal permite a quien tiene a su cuidado un menor de 12 años (o una persona con discapacidad o un familiar dependiente) reducir su jornada de trabajo entre un octavo y la mitad, con una bajada proporcional del salario (art. 37.6 del Estatuto de los Trabajadores). Es un derecho del trabajador: la empresa no puede negarlo, y la concreción del horario te corresponde a ti dentro de tu jornada ordinaria.
Respuesta rápida
Puedes reducir tu jornada entre 1/8 y 1/2 para cuidar a un hijo menor de 12 años, con reducción proporcional del sueldo (art. 37.6 ET). Es un derecho que la empresa no puede denegar y cuya concreción horaria decides tú. Mientras dura, tu despido se presume nulo salvo causa procedente ajena.
Datos clave
- ■Cuánto: entre 1/8 y 1/2 de la jornada, con reducción proporcional del salario (art. 37.6 ET)
- ■Hasta cuándo: mientras el menor sea menor de 12 años
- ■Concreción del horario: la decide el trabajador dentro de su jornada ordinaria
- ■Preaviso: 15 días, salvo que el convenio fije otro plazo (art. 37.7 ET)
- ■Protección frente al despido: el despido durante la reducción se presume nulo
En este artículo
La reducción de jornada es una de las medidas de conciliación más usadas, junto con la excedencia por cuidado de hijos y el permiso por nacimiento. Tienes el resto de tus derechos en la sección de derecho laboral de Tribuna Legal. Aquí explicamos cómo funciona y cómo solicitarla sin perder garantías.
¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?
Es el derecho de quien, por razones de guarda legal, tiene a su cuidado directo a un menor de 12 años o a una persona con discapacidad que no desempeña actividad retribuida, a reducir su jornada de trabajo con la disminución proporcional del salario. Lo regula el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.
El mismo derecho asiste a quien deba cuidar directamente a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. La diferencia con la excedencia es importante: aquí sigues trabajando y cobrando, solo que menos horas y menos salario, mientras que en la excedencia dejas de trabajar y de cobrar por completo.
¿Cuánto puedes reducir y cómo afecta al sueldo?
Puedes reducir tu jornada entre un mínimo de un octavo y un máximo de la mitad de su duración. El salario baja en la misma proporción: si reduces un tercio la jornada, cobras un tercio menos. La reducción se calcula siempre sobre tu jornada diaria.
| Reducción | Horas que trabajas | Salario aproximado |
|---|---|---|
| 1/8 (mínimo) | 7 horas | 87,5% del salario |
| 1/4 | 6 horas | 75% del salario |
| 1/3 | 5 h 20 min | 66,6% del salario |
| 1/2 (máximo) | 4 horas | 50% del salario |
Buena noticia para tu futuro paro
A efectos de calcular la prestación por desempleo y otras prestaciones, las bases de cotización del periodo de reducción por cuidado de menor se computan incrementadas hasta el 100% de la cuantía que habría correspondido sin reducción, durante los periodos que fija la ley. Reducir jornada no debe penalizar tu futura prestación.
¿Quién decide el horario de la jornada reducida?
La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute corresponden al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. Es una de las claves del derecho: no lo decide la empresa. Ahora bien, los convenios colectivos pueden establecer criterios para esa concreción atendiendo a la organización del trabajo.
Si hay desacuerdo entre la empresa y el trabajador sobre la concreción horaria, se resuelve por un procedimiento judicial preferente y sumario ante el Juzgado de lo Social. En la práctica, la mayoría de conflictos sobre reducción de jornada giran precisamente en torno al horario concreto.
¿La empresa te niega el horario que pides para tu reducción?
La concreción horaria es tu derecho. Te orientamos sin compromiso sobre cómo reclamarla.
Cómo solicitar la reducción de jornada paso a paso
-
1
Comunícalo por escrito con 15 días de antelación
Indica la fecha de inicio, el porcentaje de reducción y el horario concreto que vas a realizar. Conserva copia con acuse de recibo.
-
2
Acredita la causa
Libro de familia para el cuidado de hijos, o documentación del familiar dependiente o de la persona con discapacidad.
-
3
Si hay desacuerdo, acude al Juzgado de lo Social
El procedimiento de concreción horaria es preferente y sumario, pensado para resolver con rapidez.
Protección frente al despido
El despido de un trabajador que ha solicitado o disfruta de una reducción de jornada por cuidado de hijos se presume nulo, salvo que la empresa acredite una causa procedente totalmente ajena al ejercicio de ese derecho. La nulidad obliga a la readmisión con abono de los salarios dejados de percibir.
Por eso, si te despiden poco después de pedir la reducción, conviene analizar con cuidado si ese despido podría ser nulo. Es una situación que se confunde a menudo con el despido improcedente, pero la nulidad es bastante más protectora.
¿Necesitas revisar tu caso concreto?
Tribuna Legal te orienta gratis sobre tu reducción de jornada, el horario y la protección frente al despido. Sin compromiso.
Preguntas frecuentes sobre la reducción de jornada
¿Cuánto puedo reducir mi jornada por cuidado de hijos?
Entre un octavo y la mitad de tu jornada, con reducción proporcional del salario (art. 37.6 ET). La reducción se calcula sobre tu jornada diaria.
¿Hasta qué edad del hijo puedo pedirla?
Hasta que el menor cumpla 12 años. También procede para cuidar a una persona con discapacidad o a un familiar dependiente que no pueda valerse por sí mismo.
¿Puede la empresa negarme la reducción?
No. Es un derecho del trabajador que la empresa no puede denegar si acreditas la causa. Lo que puede discutirse, en su caso, es la concreción del horario, que decide el trabajador dentro de su jornada ordinaria.
¿Pierdo derechos de cara al paro si reduzco jornada?
No deberías. Para calcular la prestación por desempleo, las bases del periodo de reducción por cuidado de menor se computan incrementadas hasta el 100% de lo que habrías cotizado sin reducir, en los periodos que fija la ley.
¿Pueden despedirme estando con reducción de jornada?
El despido durante la reducción por cuidado de hijos se presume nulo, salvo que la empresa acredite una causa procedente totalmente ajena. La nulidad obliga a readmitir con abono de salarios.
¿Qué diferencia hay con la excedencia por cuidado de hijos?
En la reducción sigues trabajando y cobrando, solo que menos. En la excedencia dejas de trabajar y de cobrar por completo, aunque conservas la reserva del puesto el primer año. Son medidas compatibles en el tiempo, pero distintas.
Glosario rápido
- Guarda legal
- Situación de quien tiene a su cuidado directo a un menor o a una persona que no puede valerse por sí misma. Es la causa que da derecho a la reducción.
- Concreción horaria
- Determinación del horario concreto de la jornada reducida. Corresponde al trabajador dentro de su jornada ordinaria.
- Procedimiento preferente y sumario
- Vía judicial rápida del Juzgado de lo Social para resolver los desacuerdos sobre la concreción horaria.
- Despido nulo
- El que vulnera derechos fundamentales o de conciliación. Obliga a la readmisión con abono de salarios, a diferencia del improcedente.
Fuentes oficiales consultadas
-
Estatuto de los Trabajadores (RD Legislativo 2/2015), art. 37.6 y 37.7
BOE — Texto consolidado -
LGSS — cómputo de bases en reducción por cuidado de menor
BOE — Texto consolidado -
Ministerio de Trabajo y Economía Social — Conciliación
mites.gob.es
Última actualización: junio de 2026 — Artículo revisado y reestructurado conforme al art. 37.6 ET y a las mejoras de conciliación introducidas por el RDL 5/2023.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Las condiciones pueden mejorarse por convenio colectivo o variar según el caso. Si necesitas orientación, contacta con Tribuna Legal para una consulta gratuita.





